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Ley anticorrupción: prevenir del lado de la oferta

martes, 28 de febrero de 2012
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Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal como parte de un paquete de iniciativas anticorrupción en marzo de 2011, misma que ya fue dictaminada y aprobada por la Cámara de Senadores, por lo que a menos de que algo grave ocurra, es prácticamente un hecho que se vote y apruebe también en la Cámara de Diputados en los próximos días y que entre en vigor tras su publicación.

Esta iniciativa busca sancionar no solamente a quien recibe la mordida, sino también al que la ofrece, cerrando el círculo del soborno y estableciendo sanciones que representan ahora sí, un verdadero costo para las empresas que sobornan.

En caso de que se convierta en ley, la iniciativa atiende un pendiente importante de la legislación mexicana en materia de combate a la corrupción, que es el de clarificar la responsabilidad de las personas morales en actos de cohecho y endurecer las sanciones económicas.

Esta iniciativa contempla sanciones de hasta 3 millones 116 mil 500 pesos a las personas físicas que incurran en actos de cohecho y hasta de 124 millones 660 mil pesos a las personas morales.

La Convención Anti-cohecho de la OCDE de 1998, a la que México se adhirió en 1999, fue un mecanismo ideado precisamente para prevenir el cohecho del lado oferente en el comercio internacional.

Esto es, busca prevenir mediante reformas a los marcos legislativos de los países miembros de la Convención, la oferta de sobornos a servidores públicos por parte de las empresas.

La importancia de prevenir la corrupción del lado de la oferta se explica por el hecho de que las actuales sanciones que contempla la ley mexicana para personas morales en casos de cohecho son muy débiles.

La brevedad de los plazos de inhabilitación y el modesto monto de las multas aplicables a quienes ofrecen sobornos a servidores públicos, vistos a la luz de las enormes ganancias que la corrupción puede generar, hacen las sanciones irrelevantes.

La combinación de sanciones débiles y grandes ganancias para el lado de la oferta del cohecho, le dan a la corrupción un gran atractivo desde el punto de vista de la generación de ingresos para las empresas.

Está claro que hace falta un mejor sistema de incentivos legales para prevenir la oferta de sobornos. Esta debilidad de la ley se aprecia en los resultados en el combate al cohecho internacional.

Desde su adhesión a la Convención Anti-cohecho de la OCDE, México no ha registrado bajo ese mecanismo un solo caso de cohecho internacional, identificado, investigado o sancionado.

Es justo decir que México no está solo en esta debilidad institucional. Muchos países firmantes de la Convención tampoco han presentado ante dicho mecanismo ningún caso de sanción a personas morales bajo los criterios de la Convención . Sin embargo, algunos países que ya han modificado su legislación para adaptarla a las obligaciones que contempla dicha Convención, desde hace tiempo están identificando casos de cohecho internacional y aplicando sanciones más graves a las empresas que ofrecen sobornos a servidores públicos.

Esta ley en caso de ser aprobada, establecería mayores responsabilidades y sanciones más graves a las personas físicas y morales, ya sean mexicanas o extranjeras, por actos de corrupción que cometan en contrataciones públicas federales y en transacciones comerciales internacionales, apegándose a lo que establece el Artículo 2 de la Convención Anti-cohecho de la OCDE.

Bajo las normas legales vigentes, en casos de cohecho, las multas y sanciones a las empresas, cuando llegan a aplicarse, suelen ser notablemente más bajas que las multas aplicadas a servidores públicos.

Si tomamos en cuenta que los contratos que están en juego suelen ser de de cientos de millones de pesos , está claro que los incentivos económicos para prevenir el cohecho son muy débiles.

En suma, las leyes mexicanas actuales no generan incentivos económicos suficientes para prevenir el cohecho y la corrupción. Las sanciones son demasiado bajas, hay un bajo nivel de aplicación de dichas sanciones y finalmente, hay un bajo cumplimiento de México a las recomendaciones hechas en el contexto de las Convenciones Internacionales Anticorrupción de las que nuestro país forma parte (OEA, OCDE y ONU) y que obligan no solo al gobierno federal, sino también a los otros poderes y órdenes de gobierno, y en algunos casos también establecen compromisos para las empresas y organizaciones de la sociedad civil.

Las Convenciones Internacionales Anticorrupción pueden verse como compendios de mejores prácticas para combatir la corrupción que se nutren de experiencias exitosas que ya han mostrado su efectividad en otros países.

La letra de las convenciones así como las recomendaciones que se hacen a cada país dentro del mecanismo de seguimiento que cada Convención contempla, deben verse como compromisos de Estado y no sólo del gobierno federal.

Queda pendiente aún otra iniciativa anticorrupción del paquete que presentó el Ejecutivo el año pasado y que contempla mecanismos para proteger los derechos de quienes presentan denuncias de corrupción –que hoy no cuentan con ninguna protección-, así como un sistema de incentivos y recompensas a denunciantes.

La corrupción representa un grave reto para los países. Sabemos que la corrupción afecta la competitividad y por tanto, la inversión, el empleo y el ingreso; daña los ingresos del gobierno, por lo que limita la capacidad de las instituciones para ofrecer servicios básicos de calidad, y por tanto, afecta en mayor medida a los más pobres; la corrupción, además, cuando se generaliza, propicia una sub-cultura de desdén ante la ley en la que los derechos no son respetados.

Esta ley no debe verse como un obstáculo a la inversión o como una medida persecutoria a las empresas: no hay mejor ambiente de negocios que aquel en donde las leyes se respetan y las empresas compiten en igualdad de circunstancias.

El mejor ambiente de negocios se da en transparencia. Las recomendaciones de las Convenciones Internacionales Anti-corrupción pueden servir como guías para el diseño de políticas públicas y de un mejor marco normativo.

El carácter de compromisos de Estado de las Convenciones y el hecho de que son obligaciones de origen internacional, pueden ayudar a México a zafarse de la trampa del debate político-electoral de coyuntura entre partidos, que ha logrado detener un buen número de iniciativas y reformas importantes.

Es posible integrar, bajo las Convenciones Anticorrupción, una agenda común que sea compartida por todos para el bien de México. La aprobación de la Ley Anticorrupción En Contrataciones Públicas sería un gran paso en este sentido.

*Licenciado en Ciencia Política por el ITAM. Realizó un curso sobre Estrategias de Control de la Corrupción y Transparencia Fiscal en la Universidad Central Europea. Actualmente es Titular de Unidad en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

 

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Benjamín Hill Mayoral