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Emite hacienda nuevas medidas antilavado

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) emitió nuevas medidas para la prevención y combate a la operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo
viernes, 25 de abril de 2014
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MEXICO, D.F., abril 25 (EL UNIVERSAL).- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) emitió nuevas medidas para la prevención y combate a la operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo, con el fin de identificar y conocer a los clientes y usuarios de las instituciones de crédito.

De acuerdo con un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, las instituciones financieras tendrán que emitir registros y conservar, por un periodo no menor a 10 años los reportes de operaciones relevantes que se hayan realizado en efectivo.

La medida se llevará a cabo cuando personas físicas hayan efectuado operaciones por montos superiores a 300 mil pesos, o en el caso de personas morales o fideicomisos, cuando la transacción haya sido por arriba de 500 mil dólares.

La medida, que entra en vigor desde el sábado, también obliga a las instituciones financieras a realizar un reporte por cada operación o pago de cheque de caja realizada con sus clientes o usuarios cuando el monto sea igual o superior a 10 mil dólares.

Otra disposición refiere que las entidades que emitan o comercialicen tarjetas prepagadas bancarias deberán establecer mecanismos para dar seguimiento a las operaciones de compra y recarga de fondo, que en lo individual, realicen sus clientes o usuarios con dichos medios de pago.

A partir de esta normativa, se establece que los bancos y demás instituciones financieras contarán con un plazo que no podrá exceder de 30 días naturales para identificar ese tipo de operaciones.

El decreto reconoció que uno de los mecanismos más eficaces dentro del esquema regulatorio de prevención y combate a estos ilícitos consiste en la implementación de políticas de identificación y conocimiento de los clientes y usuarios por parte de las instituciones de crédito.

"Las cuales constituyen uno de los elementos fundamentales para mitigar el riesgo de que tales instituciones sean utilizadas para la realización de dichos ilícitos", destacó la dependencia en el Diario Oficial de la Federación.

La dependencia reiteró que pondrá a disposición de las entidades, a través de la Comisión Nacional Bancaria y de valores, la lista de personas bloqueadas y sus actualizaciones.

Esto significa la lista de personas que tienen algún vínculo con organizaciones criminales, lavado de dinero, narcotráfico o terrorismo, y por la cual las instituciones financieras deberán abstenerse a realizar cualquier tipo de operación.

"Las entidades deberán adoptar e implementar mecanismos que permitan identificar a los clientes o usuarios que se encuentren dentro de la lista de las personas bloqueadas, así como cualquier tercero que actúe en nombre o por cuenta de los mismos, y a aquellas operaciones que se hayan realizado o que pretendan realizar", destacó.

 

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