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La nueva ley de telecomunicaciones dejó “varados” a satélites

La legislación en telecomunicaciones dejó reglas poco atractivas para la inversión en materia satelital, pues agruparon las concesiones en un sólo tipo comercial
martes, 21 de octubre de 2014
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MÉXICO, D.F., octubre 21 (EL UNIVERSAL).- La legislación en telecomunicaciones dejó reglas poco atractivas para la inversión en materia satelital, pues agruparon las concesiones en un sólo tipo comercial, lo que implica que no tomaron en cuenta las especificaciones técnicas que conlleva el mercado de telecomunicaciones en la órbita.

“Sí hay otras cuestiones que vale la pena que veamos con mucho cuidado. Por ejemplo, esta figura que tenemos en México sobre la capacidad de reserva del Estado es una figura que no se encuentra en otros países, y eso puede implicar una carga regulatoria, que si uno lo ve a la luz de marcos regulatorios de otros países podría implicar una situación desventajosa para un operador nacional”, expresó el comisionado presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), Gabriel Contreras.

Además, la nueva legislación no prevé imprevistos que puedan tener los operadores de satélites en las frecuencias otorgadas a México, que requieren de una mayor agilidad en los trámites, como el cambio temporal a una banda atribuible a las condiciones espaciales o la transmisión de un evento noticioso, indicó el socio de Ríos-Ferrer, Guillén-Llarena, Treviño y Rivera, Ricardo Ríos-Ferrer.

“En materia satelital es común que los satélites experimenten fallas por diversas causas, muchas atribuibles al entorno del espacio exterior, como lo son las explosiones solares.

Cuando eso sucede, los operadores tienen que mover un satélite de otra posición orbital junto al dañado, a fin de mantener la continuidad del servicio.

En ocasiones esto tiene que hacerse en 24 horas. El texto de la ley es omiso a este respecto”, explicó el experto.
El artículo 106 de la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión prevé un periodo de 90 días hábiles para resolver la petición del cambio de una posición orbital “tomando en consideración la planeación y administración eficiente del espectro, los recursos orbitales, los avances tecnológicos y el interés público”.

Ferrer añadió que tampoco se contemplan permisos temporales para realizar transmisiones especiales de televisión o pruebas que requiere la industria satelital, lo que puede generar un desincentivo en la inversión en este mercado.

“En la industria satelital, en ocasiones, se tienen que hacer pruebas que duran uno o dos días cuando mucho. La nueva ley requiere de una concesión para hacer pruebas, lo que es absurdo en materia satelital”, detalló.

El IFT se encuentra en curso de licitar cuatro posiciones satelitales en las bandas C y Ku para ofrecer servicios fijos satelitales por un valor de referencia mínimo de casi 220.5 millones de pesos.

El regulador emitió la primera ronda de respuestas a los interesados a mediados del mes, donde recuerda que ya existen concesionarios en la banda C extendida, como Axtel, Telmex o NII Digital (Nextel) y de tres entidades públicas, además de empresas en la banda Ku extendida, como Radio Móvil Dipsa (Telcel), Telmex, Telnor.

Los interesados en la licitación cuestionaron al IFT sobre la posibilidad de manejar de forma remota, es decir, fuera de México, el centro de control satelital; el instituto respondió que la ley prevé que deben tener su base en el país.

“Un inversionista querrá usar esta posición para Brasil, no sólo para Yucatán (el mercado local de la península no alcanza para amortizar el costo de un satélite de 300 mdd).

La ley requiere que el operador sea una empresa mexicana y el centro de control de este satélite esté ubicado en México y que sea el IFT la administración reguladora de esos recursos orbitales, lo que es absurdo si el grueso de las operaciones ocurrirán en Brasil”, indicó Ríos-Ferrer.



EL UNIVERSAL

 

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