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Buscará Senado regular deporte de contacto

El protocolo deberá ser elaborado por la Comisión Nacional d Cultura Física y del Deporte (Conade) con la opinión de asociaciones deportivas nacionales que corresponda.
miércoles, 25 de marzo de 2015
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MÉXICO, D.F., marzo 24 (EL UNIVERSAL).-

Tras la muerte del luchador Pedro Aguayo Ramírez, conocido como “El Hijo del Perro Aguayo”, en el Senado de la República se aceptó analizar modificaciones a la Ley General de Cultura Física y Deporte para reforzar a protección a deportistas.La propuesta de iniciativa, turnada a la Comisión del Deporte, fue presentada por el senador del Partido del Trabajo (PT), Marco Antonio Blásquez, y pide la aplicación de un protocolo que garantice el máximo nivel de seguridad entre contendientes, jueces, entrenadores, organizadores del evento, así como a médicos asignados y asistentes.
El protocolo deberá ser elaborado por la Comisión Nacional d Cultura Física y del Deporte (Conade) con la opinión de asociaciones deportivas nacionales que corresponda.
Junto con el boxeo y la lucha libre tradicionales, han surgido nuevas modalidades de peleas incorporando variedades de artes marciales en los esquemas de enfrentamientos entre los participantes.
La promoción de los deportes rebasa cada vez nuevas fronteras.

En los últimos días murieron un boxeador y un luchador, ambos deportistas profesionales, lo cual pone de relieve que aunque se cuente con años de entrenamiento y experiencia, el riesgo nunca desaparece, expuso Blásquez en la iniciativa.
Señaló que la muerte de Hijo del Perro Aguayo evidenció una serie de distorsiones en el deporte: en principio, los jueces no contaban con la capacitación que les permitiera identificar de inmediato la gravedad en que se encontraba el luchador y, por ende, no detuvieron la pelea sino hasta que, algunos minutos después se registró un ganador.

El médico que finalmente lo asistió no se encontraba en las primeras filas del auditorio, próximo al ring y observando de manera permanente el desempeño de la lid para tener información de primera mano sobre los golpes, la posición al recibirlos y la reacción subsecuente.
Por ello es que pide que se modifique el artículo 30 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, a manera de que establezca que se deberá vigilar la observancia de las normas de protección de los participantes en deportes de combate, y en su caso, aplicar las sanciones correspondientes.
En el caso de la protección a deportistas de combate, propuso modificaciones al artículo 144 de la misma ley.
“En los deportes de combate profesional se aplicará un protocolo que garantice el máximo nivel de seguridad de los contendientes.

Los jueces o árbitros, los entrenadores o managers, los organizadores del evento así como los médicos asignados al mismo, las Sociedades Recreativo-Deportivas y cualquier persona que bajo cualquier título obtenga un beneficio económico directo o indirecto con motivo de los combates tienen el deber de garantes sobre la vida y no actualización de discapacidades permanentes de los contendientes en función de las obligaciones y actividades a su cargo en términos del protocolo”, expuso.
Los organizadores del evento recreativo-deportivo de combate, añadió, deben garantizar la atención médica integral y, en su caso, indemnización a sus familias o dependientes económicos para el caso de actualización de los riesgos a que están expuestos los deportistas de combate.
“Para el caso de incumplimiento de esta obligación, los ingresos del evento en que se actualice algún riesgo sobre la vida o produzca una incapacidad permanente de los contendientes quedan afectos al pago de las indemnizaciones de ley.

El contrato por efecto del cual los deportistas participen en el evento recreativo-deportivo será título ejecutivo para exigir esta prestación”, sugirió.

 

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