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Anciano esperó 8 días sentado en una sala de emergencias

Por unanimidad, los siete magistrados de la Sala Constitucional declararon con lugar un recurso de amparo interpuesto a favor del adulto mayor y afirmaron que hubo una violación del derecho a la salud, indicó un comunicado oficial. EFE/Archivo
Un anciano que sufría una fractura en la mano esperó ocho días sentado en una sala de emergencias de Costa Rica para ser hospitalizado
viernes, 22 de mayo de 2015
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San José, 22 may (EFE).- Un anciano que sufría una fractura en la mano esperó ocho días sentado en una sala de emergencias de Costa Rica para ser hospitalizado, caso por el que la Sala Constitucional condenó hoy al Estado, informó una fuente oficial.

Por unanimidad, los siete magistrados de la Sala Constitucional declararon con lugar un recurso de amparo interpuesto a favor del adulto mayor y afirmaron que hubo una violación del derecho a la salud, indicó un comunicado oficial.

"El paciente presentaba una fractura de su mano izquierda que, aunque no comprometía su vida, sí era una emergencia", citó la Sala Constitucional en un comunicado de prensa, en el que no se precisa cuándo ocurrió el hecho.

Según explicó la institución, en esa condición y pese al dolor, el paciente permaneció ocho días sentado en la sala de emergencias del Hospital San Rafael de la provincia de Alajuela (centro) a la espera de ser internado para efectos de operación.

Sin embargo, por falta de espacio el adulto mayor no pudo ser internado y tras un plazo de ocho días decidió dejar el centro de salud.
La Sala estimó que es "contrario a la dignidad humana haber sometido a un paciente adulto mayor, con una fractura de atención de emergencia que le causaba dolor, a permanecer en esas condiciones, sentado en una silla por ocho días ante la falta de espacio físico para su ingreso".

Además, ordenó a la Junta Directiva de la estatal Caja Costarricense de Seguro Social, ente que regula los centro médicos, abrir una investigación disciplinaria sobre los hechos.

También solicitó coordinar de manera inmediata la valoración del paciente para determinar la pauta terapéutica a seguir y en caso de determinarse que requiere ser intervenido, programar la cirugía dentro del plazo de quince días siguientes a la notificación.

 

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