
¿Los padres de familia podemos exigir que nos informen con anticipación el total de los pagos que debemos hacer a lo largo del ciclo escolar?
Respuesta.
Sí. La escuela tiene la obligación de informar a los papás por escrito y previamente a la inscripción, el costo total de la misma o de la reinscripción, las colegiaturas y el número de éstas y, si es el caso, los derechos por reincorporación.
Al pagar estos conceptos, la escuela garantiza que le brindará a su hijo lo necesario para que pueda cumplir con los planes y programas de estudio. La escuela también debe informar a los padres de familia, previamente y por escrito, acerca de los conceptos que requieran un pago extra, como cursos complementarios fuera del horario de clases, actividades extracurriculares, etc. También debe entregarle una lista de las actividades opcionales en las cuales se hace un pago adicional para que su hijo pueda participar en ellas.
¿Se vale que aumenten la colegiatura a mitad del ciclo escolar y sin tener en cuenta a los papás?
Respuesta.
No. La escuela debe avisarle a los padres, directamente o por medio de la Asociación de Padres de Familia, si habrá aumento en cualquier de los conceptos de cobro, como la colegiatura, cuando menos 60 días antes del periodo de reinscripción.
Esto significa que no está permitido aumentar la colegiatura durante el periodo escolar, a menos que la mayoría de los padres de familia esté de acuerdo y sea por causa de fuerza mayor.
Pero esta decisión forzosamente deberá pasar por la asamblea de padres de familia.
¿La escuela puede obligar a dar donativos de cualquier especie, por ejemplo, para pintar bancas?
Respuesta.
No. La escuela puede solicitar donativos, ya sea en efectivo o en especie, pero éstos son de carácter estrictamente voluntario y deben convenirlos de forma individual con los consumidores.
Nadie puede obligar a los papás a cooperar.