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Tribunal concede amparo a Elba Esther Gordillo

Un Tribunal Federal ordenó a otro Tribunal de Circuito reponer el procedimiento en el juicio de amparo presentado por la maestra Elba Esther Gordillo, para que se le conceda el beneficio de prisión domiciliaria
lunes, 8 de febrero de 2016
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CD DE MÉXICO, 8

EL UNIVERSAL.-

Un Tribunal Federal ordenó a otro Tribunal de Circuito reponer el procedimiento en el juicio de amparo presentado por la maestra Elba Esther Gordillo, para que se le conceda el beneficio de prisión domiciliaria.

Al resolver un recurso legal presentado por la defensa de Gordillo Morales, el Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal ordenó al Primer Tribunal Unitario del DF que aplique el principio pro-persona al resolver el recurso de apelación con la que se impugna la negativa de un juez federal de conceder la prisión domiciliaria a la ex líder magisterial.

De acuerdo con la resolución, el Tribunal Federal que le negó la protección de la justicia a Gordillo Morales en primera instancia, no interpretó de manera correcta el artículo 55 del código penal federal que prevé los requisitos para otorgar el beneficio de la prisión domiciliaria a personas mayores de 68 años.

En ese sentido, el Tercer Tribunal Unitario consideró que el Primer Tribunal Unitario no observó el principio pro-persona como criterio jurídico a favor de los derechos humanos en relación con la solicitud de Elba Esther Gordillo.

Esta resolución da libertad de criterio al Tribunal que negó la apelación, es decir que este puede volver a fallar en contra de Gordillo Morales o bien modificar su sentencia.

Sin embargo, se abre la posibilidad de que el Primer Tribunal Unitario revoque la negativa de prisión domiciliaria que había dictado el juez sexto de procesos penales federales de la Ciudad de México.

QUE DICE LA PGR

La Procuraduría General de la República (PGR) informó que el fallo del Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito, que concedió un amparo para efectos a Elba Esther Gordillo no implica que la procesada obtenga en automático el beneficio de la prisión preventiva domiciliaria.

En un breve comunicado, la dependencia aclara que el Primer Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito, en libertad de criterio, tiene la facultad de conceder o negar este beneficio.

"No obstante, ante los efectos de una resolución contraria al interés del Ministerio Público de la Federación, esta Representación Social contaría con diez días hábiles para inconformarse", refiere.

De acuerdo con la resolución, el Tribunal Federal que le negó la protección de la justicia a la ex lideresa magisterial Gordillo Morales en primera instancia, no interpretó de manera correcta el artículo 55 del código penal federal que prevé los requisitos para otorgar el beneficio de la prisión domiciliaria a personas mayores de 68 años.

En ese sentido, el Tercer Tribunal Unitario consideró que el Primer Tribunal Unitario no observó el principio pro-persona como criterio jurídico a favor de los derechos humanos en relación con la solicitud de Elba Esther Gordillo.

 

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