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Avala Senado reformas de justicia para adolescentes

Contiene disposiciones para que el internamiento de menores infractores sea el último recurso que pueda dictar un juez, y sólo autoriza a que este castigo se aplique por un periodo de cinco meses.
miércoles, 27 de abril de 2016
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CIUDAD DE MÉXICO, abril 27 (EL UNIVERSAL).-

El Senado aprobó la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal Para Adolescentes, la cual contiene disposiciones para que el internamiento de menores infractores sea el último recurso que pueda dictar un juez, y sólo autoriza a que este castigo se aplique por un periodo de cinco meses.
La ley que fue enviada a la Cámara de Diputados para su revisión, plantea medidas de prevención social de la violencia y la delincuencia del delito de los adolescentes, y reconoce la función preventiva de la familia y la escuela en la formación de la persona.
Las comisiones dictaminadoras de Justicia, Derechos Humanos, Derechos de la Niñez y de la Adolescencia hicieron hincapié en que el propósito de la nueva ley nacional es la de rescatar al menor de la comisión de delitos y reinsertarlo en la sociedad.
El proyecto fue aprobado por 97 votos a favor, cuatro en contra y cero abstenciones, y el presidente de la Mesa Directiva, Roberto Gil Zuarth (PAN), envió la minuta a la Cámara de Diputados para su revisión.
Serán sujetos de esta ley quienes en el momento de cometer un delito de las leyes penales tengan entre 12 años cumplidos y menos de 18 años edad, y queda prohibido que sean juzgados en el sistema de justicia para adultos.
Se señalan los principios que serán rectores del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, además de que dictan disposiciones que garanticen los derechos humanos de los menores a quienes se les imputen delitos o que resulten responsables.

Los modelos de justicia aplicados a adultos, se advierte, pueden tener consecuencias indeseables.
La atención de la delincuencia juvenil deja atrás el modelo tutelar, que vulnera la dignidad y se aplicará una atención multidisciplinaria con cuidado de la situación sicológica, afectiva y médica de los adolescentes.
Garantizar los derechos humanos de la persona adolescente es primordial en la ley, estableció el dictamen de la ley en la cual los menores de 12 años estarán exentos de responsabilidad penal, y se prevé la acción de la Procuraduría de Protección prevista en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
En la presentación del dictamen y en el posicionamiento de las bancadas, se destacó la importancia de que la ley señale tres segmentos de edades de adolescentes: los de 12 años cumplidos y hasta 14 años; de los 14 años a los 16 años y de los 16 cumplidos a menos de 18 años.
Diva Gastélum Bajo (PRI) afirmó que la efectividad de la ley dependerá sobre todo en la capacitación sobre la aplicación de la norma que reciban policías, ministerios públicos, juzgadores, defensores, personal de los centros de detención.
Desde luego, se establece que los espacios destinados a los adolescentes por la comisión de delitos, deberán ser exclusivos, sin que se puedan mezclar con adultos.
Un paquete de principios será observado por la ley, entre ellos destacan los del interés superior de la niñez, la prohibición de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así como la presunción de inocencia, uno de los beneficios, éste último, que en la práctica no es reconocido.

Queda expresa la prohibición de incomunicación del adolescente y se reconoce su derecho a ser escuchado y de tener acompañamiento de personas de su confianza.
Quedan señalados derechos de las víctimas u ofendidos por delitos, y en las controversias que se establezcan se desarrollarán en sesiones orales, en los que se procurará que se alcancen acuerdos para la reparación del daño causado.
“Si el adolescente cumple con las obligaciones pactadas en el acuerdo, la autoridad competente podrá resolver la terminación del procedimiento y ordenar el no ejercicio de la acción penal o el sobreseimiento por la extinción de la acción penal”, precisa la ley.
El sistema prevé “limitar, hasta donde sea posible las medidas restrictivas de libertad, como es la detención y el internamiento del adolescente”, y ello debe ser por el tiempo mínimo indispensable, y al efecto cada mes el juez revisará la situación del menor.
Con todo, entre las medidas que prevé la legislación que pasó a la revisión de la Cámara de Diputados, se incluye que al adolescente el juez le imponga como medida cautelar la colocación de localizadores electrónicos.
Marcela Guerra (PRI), Fidel Demédisis (PRD), Yolanda de la Torre (PRI), Silvia Garza (PAN), María Elena Barrera Tapia (PVEM), destacaron que en sus objetivos y articulado, la norma de justicia penal para adolescentes es “una buena ley”, que es necesaria, pero que no suple la educación formativa de los menores.

 

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