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Absuelven a mujer que mató a ex pareja que la golpeaba

Después de ser sobreviviente de violencia feminicida, ejercida por su ex pareja, Reyna Gómez Solórzano, una mujer de 40 años de edad
viernes, 29 de julio de 2016
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CANCÚN, QR., julio 29 (EL UNIVERSAL).- Después de ser sobreviviente de violencia feminicida, ejercida por su ex pareja, Reyna Gómez Solórzano, una mujer de 40 años de edad, de origen beliceño, radicada en Chetumal, se convirtió este viernes también en sobreviviente de violencia institucional, al obtener su libertad, luego de haber enfrentado un proceso judicial viciado de origen y la tortura de elementos de la Policía Ministerial para declararse culpable.

Un juez decretó este viernes, durante la última audiencia del caso, su absolución en el homicidio calificado de su ex pareja, delito por el cual había sido, originalmente, juzgada sin perspectiva de Género y sentenciada a 25 años de cárcel, sin que se tomase en cuenta que privó de la vida a su ex compañero sentimental, en defensa propia.

El cinco de julio del 2015, la pareja sentimental de Reyna volvió a golpearla, como lo hacía cotidianamente. Pero en esa ocasión, ella decidió ponerle un alto, tomó un cuchillo para defenderse, le pidió detenerse, el siguió y ella le encajó el arma.

Llamó a una ambulancia; los paramédicos tardaron media hora en llegar y el sujeto falleció.

Elementos de la Policía Judicial –hoy Policía Ministerial- la torturaron. La Comisión de Derechos Humanos de Quintana Roo (CEDHQRO) giró una recomendación a la Procuraduría de Justicia –hoy Fiscalía General- por “trato cruel y degradante, detención arbitraria e incomunicación”.

Ni la recomendación del organismo, ni los testimonios de vecinos e empleadores de Reyna, que confirmaron que la mujer era víctima sistemática de violencia doméstica –modalidad de la violencia feminicida- por parte de su ex pareja, sirvieron para que se tomaran en cuenta como atenuantes y se considerase que el homicidio se cometió en defensa propia.

El juez, Daniel Farah, la sentenció a 25 años de cárcel, como parte de un proceso en el que prevalecieron “graves violaciones al debido proceso, la debida diligencia, los derechos humanos de las mujeres y sin aplicación de perspectiva de Género en la investigación y juicio”, indicó Argentina Casanova, consultora en Género y Acceso a la Justicia del Observatorio de Violencia Social y de Género en Campeche.

En entrevista con EL UNIVERSAL, la activista recordó que organizaciones agrupadas en la Red de Feministas Peninsulares, con el apoyo del Observatorio, tomaron la coadyuvancia en el caso de Reyna y se promovió un recurso de apelación a la sentencia de 25 años dictada por Farah, lo que derivó en la revisión del caso, ya dentro del nuevo Sistema Penal Acusatorio.

En el caso intervino la Clínica Psico-jurídica del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM), que aportó soporte legal con Perspectiva de Género, en la carpeta de alegatos entregada al juez de control que llevó el tema.

En junio pasado el juez anuló la sentencia de 25 años de cárcel en contra de Reyna, al ubicar la existencia de elementos que demostraban que hubo violaciones a su debido proceso y que éste se encontraba viciado de origen; ordenó además que se abriese una investigación en contra de los elementos de la ya Policía Ministerial, acusados de haberla torturado y abrir un nuevo juicio.

En esta semana se desarrollaron las audiencias correspondientes, ya dentro del nuevo Sistema Penal Acusatorio y este viernes, en la modalidad de Juicio Oral, el juez dictó el auto de libertad a Reyna, declarándola absuelta del delito que le era imputado.

“Esto fue prácticamente el reconocimiento de que al juzgarla y condenarla, originalmente, pasaron por alto sus derechos humanos, el procedimiento estuvo viciado de origen, hubo violaciones al debido proceso y tortura.

“Se está reconociendo además que la sentencia original carecía de perspectiva de Género, lo cual dejó fuera del análisis que ella era víctima de violencia y que al reaccionar en contra de su agresor, lo hizo en defensa propia.

Sin duda es un caso paradigmático”, subrayó Casanova.

Si bien la activista resaltó la intervención de las organizaciones civiles para visibilizar el caso de Reyna, reconoció también la participación de la CEDHQROO, de la Defensoría Pública y del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres).

Reyna, al quedar hoy en libertad, regresó a su casa a encontrarse con su hijo, quien padece ceguera y quedó a cargo de una persona, que ya habló de cobrar los gastos que le representó.

Las organizaciones que la respaldan le ayudarán a tramitar su documentación legal, porque al parecer carece de acta de nacimiento –de ahí que originalmente se dijo que tenía 60 años- y también para que obtenga la naturalización en el país.

En entrevista con este diario, la mujer se dice feliz de regresar con su hijo, feliz de quedar en libertad, pero no omite mencionar en varias ocasiones que como secuelas de la tortura de la que fue objeto, se le formó una hernia, posee un desgarre en el estómago, padece del colón, de la cabeza, de los oídos y de la vista.

“Me lastimaron mis pies, mis manos, me los dejaron mal en movimiento. Me dieron una tortura, como hicieron con muchas de las mujeres que están en la cárcel.

Las torturaron a ellas para declararse culpables, como hicieron conmigo. Ellas tienen mucho miedo y no tuvieron la suerte que yo”, señaló, al añadir que se siente entusiasmada de reincorporarse a la vida laboral para sacar adelante a su hijo.

Reyna Gómez Solórzano. Su nombre –dice Argentina Casanova- puede ser citado completo y no con iniciales, no sólo porque ya se dictó sentencia definitiva en su caso, sino porque es parte de la reparación del daño que le fue ocasionado a su imagen.

 

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