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La UP informó, en su página en Internet, que luego de hacer una revisión al desempeño de su ex alumno y al proceso de elaboración de la tesis: El Presidencialismo Mexicano y Álvaro Obregón, realizada en 1991, se encontraron cinco formas de tratamiento de ideas ajenas.
Dijo que se trata de “reproducciones textuales de fragmentos de obras publicadas anteriormente de acuerdo con estándares académicos; reproducciones textuales de fragmentos sin cita a pie de página ni en el apartado de la bibliografía; reproducciones textuales en las cuales no existe cita a pie de página pero sí referencia en el apartado de bibliografía; reproducciones textuales en las que se da crédito al autor de forma ambigua o imprecisa; y casos en los que se da crédito al autor original, pero no a la fuente de la que fue tomada la cita”.
La semana pasada, la universidad informó que se sometería a análisis el proceso de su ex alumno.
Ante esos hallazgos, la Facultad procedió a la búsqueda de reglas que permitieran responder ante esas formas de trabajo y concluyó que “se trata de un caso sin precedentes en el que no existen disposiciones en los cuerpos regulatorios aplicables a ese procedimiento de titulación”.
Señala que durante la etapa de elaboración del documento, el alumno lo hizo en la entonces Escuela de Derecho, por lo que se solicitó una consulta técnica a la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) para que confirme por escrito el criterio que se tomó en la ahora Facultad.
Explica que el actual Reglamento General de la Panamericana “no es aplicable a ex alumnos”.
En función de eso, la UP concluye que se trata de “un acto consumado sobre el que es imposible proceder en ningún sentido”.