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INE discutirá este miércoles sanción a Consejera presidente de Colima

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) discutirá hoy sancionar por 30 días sin goce de sueldo a la consejera presidenta del Instituto Electoral del Estado de Colima
miércoles, 28 de septiembre de 2016
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CIUDAD DE MÉXICO, septiembre 28 (EL UNIVERSAL).- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) discutirá hoy sancionar por 30 días sin goce de sueldo a la consejera presidenta del Instituto Electoral del Estado de Colima, Felícitas Alejandra Valladares Anguiano.
El proyecto de resolución elaborado por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE determinó que ésta incurrió en “negligencia, ineptitud y descuido en el desempeño de sus funciones” al informar, el 11 de junio de 2015, anticipadamente y a través de un medio de comunicación, resultados “imprecisos y equivocados” sobre el cómputo municipal en Manzanillo, Colima, y por ende, el triunfo en la elección de gobernador, con lo que puso en riesgo el principio de certeza.
El hecho fue denunciado por el PRI, pues Valladares concedió una entrevista a Joaquín López Dóriga, en Radio Fórmula, en donde anunció la ventaja del PAN (y su entonces candidato Jorge Luis Preciado) frente a la Coalición PRI-PVEM (que postuló a José Ignacio Peralta) por una cerrada votación de 495 votos (0.17%), lo que a la postre resultó falso.
En una segunda entrevista, minutos más tarde, rectificó las cifras, pero la UTC del INE concluyó que cuando otorgó la primera de las entrevistas “faltó a su deber de cuidado de esperar a contar con datos plenamente verificados para hacer públicos los resultados de los cómputos municipales sobre los comicios para la renovación del titular del ejecutivo local”.
En la segunda entrevista la funcionaria dijo que la ventaja era del PRI por 547 votos (0.18%) y dijo que la falla se debió a “la premura” por dar la información y que le pasaron datos equivocados que después corrigieron o se actualizaron.
En el proyecto se consideró que “mantener un diálogo constante con los medios pero con un gran sentido de responsabilidad sobre la información que se difunda ya que un error, como el denunciado, puede ser objeto de sanción.

La aclaración y rectificación de los datos realizada por la consejera presidenta fueron de gran utilidad frente a la ciudadanía pero no elimina el descuido y error”.
Aunque la Ley Electoral de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) establece como única sanción ante conductas graves cometidas por consejeros de OPLs la de remoción del cargo, el INE propondrá una sanción menor, de 30 días de suspensión sin goce sueldo.
Esto debido a que consideró que la pena debe graduarse según la gravedad de la infracción, y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó --al abordar el caso de la remoción de los 7 consejeros del OPL de Chiapas—que este tipo de sanción no es la única para castigar acciones u omisiones de consejeros electorales y es viable graduar las penas a imponer.
La elección de junio de 2015 en Colima, marco en el que Valladares incurrió en las faltas, fue a la postre anulada por el TEPJF y hubo elección extraordinaria de gobernador el 17 de enero de 2016.
En la sesión de hoy el INE resolverá seis procedimientos de remoción iniciados contra consejeros electorales de Colima, Morelos, Quintana Roo, Tlaxcala, Veracruz y Sinaloa.

El Universal

 

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