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Pretenden agilizar el conteo rápido

El 14 de febrero, la Sala Superior del Tribunal Electoral revocó el método aprobado por el INE que buscaba agilizar el conteo de votos de las elecciones presidenciales. Foto: Archivo
* El INE definió una solución alternativa para garantizar Conteo Rápido al filo de las 23:00 horas del día de la elección presidencial
viernes, 23 de febrero de 2018
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CD. DE MEXICO
/REFORMA


El Instituto Nacional Electoral (INE) definió una solución alternativa para garantizar Conteo Rápido al filo de las 23:00 horas del día de la elección presidencial, luego de que el Tribunal Electoral "tiró" el método que había aprobado.
En entrevista con REFORMA, el presidente del INE, Lorenzo Córdova, explicó que en vez de utilizar las actas de escrutinio y cómputo para realizar el ejercicio estadístico, utilizarían lo que se denomina hoja de operaciones.
"El acta es el documento final, detrás de él, la ley establece que hay otros documentos establecidos por la propia ley, concretamente la que se define como hoja de operaciones, en donde luego de hacer el escrutinio de cada elección, los funcionarios de casilla asientan preliminarmente los resultados, que tienen que ser, en esto un énfasis, transcritos, así lo dice la ley, en el acta", comentó.
"Si tomamos los resultados de la hoja de operaciones, que después serán plasmados en el acta más tarde cuando se termina el escrutinio y cómputo de las otras elecciones, tenemos una base de información cierta porque está sustentada en los votos que han contado los funcionarios, para poder conjuntar la información de ese ejercicio estadístico muy importante y preciso que es el Conteo Rápido".
El 14 de febrero, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el método aprobado por el INE que buscaba agilizar el conteo de votos de las elecciones presidenciales.
Los magistrados del TEPJF consideraron que dicho mecanismo, que contemplaba la apertura previa de las urnas para identificar las boletas depositadas incorrectamente, excedió las facultades legales del organismo y transgrede los principios de reserva de ley, certeza y seguridad jurídica.

 

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