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Cierran aeropuerto de Querétaro por desabasto

En una carta, Aeropuertos y Servicios Auxiliares informó que los inventarios de turbosina no son suficientes para cubrir la demanda de operaciones de hoy en la terminal queretana. Foto: Twitter
Por desabasto de turbosina, el Aeropuerto Internacional de Querétaro cerró a partir del primer minuto de hoy.
miércoles, 9 de enero de 2019
Por: Jorge Escalante
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Agencia / Reforma
Querétaro, México (09 enero 2019).- Por desabasto de turbosina, el Aeropuerto Internacional de Querétaro cerró a partir del primer minuto de hoy.

En una carta enviada por Aeropuertos y Servicios Auxiliares a Jesús Ernesto Gallardo Berumen, comandante de la terminal aérea, se informa que los inventarios de turbosina que existen en la estación de combustible de Querétaro no son suficientes para atender el 100 por ciento la demanda de operaciones para hoy.

"Lo anterior derivado de retrasos significativos en la entrega de dicho producto por parte del proveedor de combustibles que abastece al Aeropuerto de Querétaro", se lee en el oficio QET/006/2019 fechado ayer y enviado por la Coordinación de las Unidades de Negocios Dirección de Combustibles.

En el documento se destaca que el cierre de la terminal aérea ocurre del primer minuto de hoy hasta las 23:59 horas de mañana.

"La estimación que se tiene al momento con el volumen de combustible en tránsito indica que para el día de mañana (hoy) 9 de enero, la existencia de inventarios rondará entre 50 mil y 60 mil litros, equivalente a menos de un día de autonomía", se lee en la misiva.
"En este sentido solicito la intervención para la emisión de un NOTAM (información para aviadores) a partir de las 00:00 horas local del día 09/01/2019 y hasta las 23:59 hora local del día 10/01/2019, QET sin turbosina Jet A".

En la carta se informa que se trabaja de manera coordinada y acelerada con la proveeduría de combustible para regularizar el abasto durante las siguientes 24 horas.

El artículo 50 de la Ley de Aeropuertos establece que el administrador aeroportuario podrá, en caso fortuito o de fuerza mayor, suspender por el tiempo estrictamente necesario la prestación de los servicios aeroportuarios, con el fin de preservar la seguridad de las personas y de los bienes.

En estos casos, reportará de inmediato a la autoridad aeroportuaria y, en su caso, al comité de operación y horarios, las causas que motivaron la medida.

 

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