Nacional  /  Gobierno
0
Votos
Nota Aburrida
Nota Interesante
Estrena Corte declaratoria de inconstitucionalidad

Por primera vez en su historia, la Suprema Corte de Justicia invalidó una norma legal aplicando la declaratoria general de inconstitucionalidad, figura que existe desde 2011, pero que no se había usado.
jueves, 14 de febrero de 2019
Comparte esto en Facebook
Comparte esto en Twitter
Comparte esto en Digg
Enlarge Font
Decrease Font

Agencia/Reforma

Cd. de México (14 febrero 2019).- Por primera vez en su historia, la Suprema Corte de Justicia invalidó una norma legal aplicando la declaratoria general de inconstitucionalidad, figura que existe desde 2011, pero que no se había usado.

Por ocho votos contra tres, el Pleno de la Corte anuló el artículo 298, inciso B, fracción cuarta, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que sanciona a los concesionarios del sector con multas de al menos uno por ciento de sus ingresos acumulables por infracciones que la propia ley no define y quedan a criterio de la autoridad.

Apenas este miércoles, la Corte inició un procedimiento similar para invalidar cinco artículos de la Ley General de Salud que prohíben totalmente el uso de la mariguana en México y que serán anulados por los ministros si el Congreso no los reforma o deroga.

La declaratoria general se activa por los amparos de los particulares, una vez que una sala o el Pleno de la Corte integran jurisprudencia al resolver en al menos cinco casos que una ley es inconstitucional.

La Corte avisa al Congreso responsable, en este caso el Congreso de la Unión, para que en 90 días corrija la ley, lo que no ocurrió con el artículo 298 de la LFT, contra el cual la Segunda Sala concedió varios amparos.

Antes de que existiera esta figura, la Corte sólo podía anular leyes, con efectos generales, al resolver con ocho votos las acciones de inconstitucionalidad o controversias constitucionales, que sólo pueden iniciar órganos del Estado, pero no los ciudadanos.

En el caso de la mariguana, la Primera Sala de la Corte publicó hoy ocho tesis de jurisprudencia avalando el consumo personal con fines recreativos, las cuales serán obligatorias para todos los tribunales del País, de ahí que se activó el procedimiento para la declaratoria general.

El caso de la LFT puso en evidencia lo novedoso de esta figura.

Algunos ministros sostenían que el Pleno ya no debe discutir de nuevo si la ley es inconstitucional, pues ya hay jurisprudencia, pero la mayoría afirmó que sí se debe debatir el punto, pues ese es el sentido de requerir ocho votos.

"Me confronto con el criterio de la Segunda Sala, lo comparto o no y, en este caso, lo comparto, si no lo compartiera votaría en contra, no de la jurisprudencia, sino de que esa jurisprudencia sea elevada al rango de una declaratoria general", dijo el presidente Arturo Zaldívar.

Los Ministros Juan Luis González Alcántara, Norma Piña y Jorge Pardo votaron en contra, pues a su juicio la sanción de al menos uno por ciento de los ingresos del concesionario no viola la prohibición constitucional de multas excesivas.

La declaratoria general fue rescatada por la Ministra Margarita Luna, que estaba de vacaciones y que en teoría ya había tenido su última sesión en el Pleno, pues el lunes será su ceremonia de despedida luego de quince años en la Corte.

Zaldívar agradeció a Luna por acudir a la sesión, y el voto de la Ministra fue el octavo para la declaratoria, que surtirá efectos cuando la Corte notifique los puntos resolutivos al Congreso.

 

Opina sobre este artículo

Nombre   Email  
Título
Opinion

Otras Noticias