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Avalan comisiones derechos a empleadas domésticas

Es probable que el Pleno del Senado apruebe el dictamen en su sesión del jueves próximo. Foto: Tomada de redes
El Senado aprobó en comisiones, por unanimidad, un dictamen con el cual se otorgan derechos para las trabajadoras domésticas que comprenden, además de la remuneración, vacaciones anuales pagadas, suministro de alimentos y alojamiento.
miércoles, 20 de marzo de 2019
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Agencia/Reforma
Cd. de México (20 marzo 2019).- El Senado aprobó en comisiones, por unanimidad, un dictamen con el cual se otorgan derechos para las trabajadoras domésticas que comprenden, además de la remuneración, vacaciones anuales pagadas, suministro de alimentos y alojamiento.

La iniciativa fue presentada en diciembre de 2018 por la senadora panista Xóchitl Gálvez.

En ella, define a la mujer trabajadora del hogar, "como toda persona que de manera remunerada realice actividades de aseo, asistencia y demás propios o inherentes al hogar en el marco de una relación laboral y no lucrativa que no importe para el patrón beneficio económico directo, conforme a las horas diarias o jornadas semanales establecidas en la ley".

Sólo se podrá hablar de una trabajadora doméstica a partir de que la mujer tenga cumplidos 15 años y sus jornadas laborales no excederán las seis horas diarias de trabajo y 36 horas semanales.

"El trabajo del hogar deberá fijarse mediante contrato por escrito, de conformidad con la legislación nacional o con convenios colectivos.

El patrón estará obligado a registrar, ante la autoridad laboral competente, el contrato que celebre con la persona con la persona trabajadora del hogar", se lee en el dictamen.

Además, "las personas trabajadoras del hogar podrán dar por terminada en cualquier tiempo la relación de trabajo, dando aviso al patrón con ocho días de anticipación".

Es probable que el Pleno del Senado apruebe el dictamen en su sesión del jueves próximo.

El dictamen fue aprobado por los senadores integrantes de las comisiones unidas de Trabajo y Previsión Social y Estudios Legislativos Primera.

 

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