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Suspende SFP a Lomelí 3 de 4 contratos

Carlos Lomelí, ex superdelegado en Jalisco. Foto: Archivo
La Secretaría de la Función Pública (SFP) suspendió el proceso de contratación de tres de las cuatro partidas para proveer medicamentos que le fueron adjudicadas en diciembre pasado a Laboratorios Solfrán, propiedad del ex superdelegado en Jalisco Carlos Lomelí.
viernes, 24 de enero de 2020
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Agencia/Reforma
Cd. de México (24 enero 2020).- La Secretaría de la Función Pública (SFP) suspendió el proceso de contratación de tres de las cuatro partidas para proveer medicamentos que le fueron adjudicadas en diciembre pasado a Laboratorios Solfrán, propiedad del ex superdelegado en Jalisco Carlos Lomelí.



Sin precisar las causas que llevaron a la suspensión, la SFP señaló en una tarjeta informativa que ésta se realizó el 14 de enero a través del Órgano Interno de Cotrol (OIC) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Grupo REFORMA publicó este viernes que Laboratorios Solfrán burló la inhabilitación de dos años y seis meses que la SFP le impuso en septiembre del año pasado al obtener una suspensión definitiva que le permitió participar en la compra consolidada de medicamentos que Hacienda llevó a cabo entre el 4 y 24 de diciembre pasado.

Laboratorios Solfrán, de acuerdo con el fallo publicado, obtuvo la adjudicación de las partidas 3,10, 26 y 59 para proveer electrolitos orales en solución y polvo, aluminio y magnesio en suspensión oral, así como cinitaprida en comprimidos por un monto mínimo de 51.4 millones de pesos y máximo de 128.6 millones de pesos.

La SFP indicó que no se ha celebrado el contrato respectivo en tres de las cuatro partidas, debido a que "se llevan a cabo investigaciones sobre su adjudicación".

La dependencia aseguró que no fue omisa dentro del juicio de nulidad 1164/19-22-01-4 que se desahoga ante la Sala Regional del Norte Centro III del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), quien fue la que otorgó la suspensión definitiva.

"Esta institución presentó sus argumentos en los plazos legales ante la Sala Regional en Durango", señaló.

Sin embargo, al momento de resolver sobre el otorgamiento de la suspensión, la Sala asentó que la SFP no presentó argumentos en contra de la solicitud formulada por la empresa de Lomelí.

"Toda vez que la parte actora solicitó la suspensión de la ejecución del acto impugnado por acuerdo de fecha 3 de diciembre de 2019, se admitió a trámite el incidente, se ordenó correr traslado a las autoridades demandadas para que dentro del término de cuarenta y ocho horas rindieran el informe y ofrecieran las pruebas pertinentes.

"Con motivo del Incidente de Suspensión de la Ejecución Interpuesto por la demandante, las autoridades demandas no desahogaron la vista que le fue ordenada en el acuerdo señalado en el punto anterior, por tanto les precluyó el derecho para rendirlo", indica la resolución.

 

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