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Endurecerán restricción a publicidad de 'chatarra'

Las restricciones sobre publicidad de productos preenvasados con alto contenido de azúcares, calorías, grasas, sodio y grasas serían aplicables en todos los medios. Foto: Archivo
El Gobierno federal alista nuevas reglas a la publicidad de alimentos para restringir al máximo el consumo de productos con exceso de azúcares, calorías, grasas, sodio y grasas, particularmente por los niños.
jueves, 4 de junio de 2020
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Agencia Reforma

Cd. de México (04 junio 2020).- El Gobierno federal alista nuevas reglas a la publicidad de alimentos para restringir al máximo el consumo de productos con exceso de azúcares, calorías, grasas, sodio y grasas, particularmente por los niños.

La Secretaría de Salud (Ssa) publicó ayer un proyecto de decreto presidencial para reformar el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad que complementa y adiciona algunos principios del nuevo etiquetado nutrimental, cuya vigencia inicia en octubre.

"La publicidad de los productos preenvasados que en su etiqueta incluyan uno o más sellos de advertencia o la leyenda de edulcorantes, de conformidad con la normatividad correspondiente, no deberá incluir personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, tales como juegos visual-especiales o descargas digitales, dirigidas a niños que inciten, promuevan o fomenten el consumo, compra o elección de dichos productos", se ordena en el proyecto.

También se señala que si el producto que se está anunciando tiene exceso de grasas, calorías, azúcares o sodio, entonces la publicidad tendrá que incluir los sellos negros de advertencia previstos en el nuevo etiquetado y no podrá mencionar recomendaciones de organizaciones o asociaciones profesionales.

Asimismo se tendrán que incluir, en su caso, leyendas como "Contiene Edulcorantes, no Recomendable en Niños", o "Contiene Cafeína, Evitar en Niños".

El proyecto no distingue entre el medio de difusión de la publicidad, por lo que las restricciones serían aplicables en todos los medios.

La publicidad requiere permiso de la Secretaría de Salud. La reforma agrega los requisitos para obtenerlo, entre ellos presentar la etiqueta del alimento preenvasado, bebida no alcohólica o suplemento.

En cuanto a las recomendaciones de asociaciones profesionales, se tendrá que presentar a la autoridad documentación con evidencia científica, objetiva y fehaciente de la evaluación del producto.

Este requisito ya existe en la Ley Federal de Protección al Consumidor, que toca a Profeco aplicar para todos los productos y servicios, pero al ser incluida en un reglamento sanitario, su vigilancia también corresponde a la Secretaría de Salud.

La reforma a la Ley General de Salud en materia de sobrepeso y obesidad, publicada el pasado 8 de noviembre, daba seis meses al Ejecutivo para los cambios reglamentarios necesarios, es decir, el Gobierno ya está fuera del plazo.

Lo que el Gobierno sí reformó, el 27 de marzo, fue la Norma Oficial Mexicana para el etiquetado nutrimental, luego de un polémico proceso de consulta que resultó en un amparo de la Confederación Nacional de Cámaras Industriales (Concamin), cuyo trámite está congelado por la pandemia Covid-19.

 

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