Reynosa  /  Política
0
Votos
Nota Aburrida
Nota Interesante
Se definirán “pluris” luego de resolver todas las impugnaciones

- Aclara el IETAM, para los casos de diputaciones locales en el Congreso del Estado y regidurías en Ayuntamientos
miércoles, 16 de junio de 2021
Comparte esto en Facebook
Comparte esto en Twitter
Comparte esto en Digg
Enlarge Font
Decrease Font
Conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, al Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas le corresponde resolver en forma definitiva e inatacable las impugnaciones en las elecciones de diputaciones e integración de los ayuntamientos, entre otras.

Como es del conocimiento público, conforme a lo dispuesto en los artículos 275 y 276 de la Ley Electoral del Estado de Tamaulipas, a partir del miércoles 09 y hasta el viernes 11 de junio de 2021, los consejos municipales y distritales celebraron los cómputos determinándose la validez de las elecciones y las entregas de las constancias de mayoría, salvo en el caso del municipio de Nuevo Laredo, cuyo cómputo concluyó en las primeras horas del 12 de junio.

Por su parte, el artículo 12 de la Ley de Medios de Impugnación Electorales de Tamaulipas establece que los medios de impugnación deberán presentarse dentro de los cuatro días contados a partir del día siguiente a aquél en que se tuvo conocimiento o se hubiese notificado el acto.

Ahora bien, acorde a lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley de Medios de Impugnación Electorales de Tamaulipas, los recursos de inconformidad quedarán resueltos a más tardar el 20 de agosto del año de la elección.

Por su parte, el artículo 288 de la Ley Electoral del Estado de Tamaulipas señala que el Consejo General hará las asignaciones de diputaciones de representación proporcional y de regidurías de representación proporcional una vez resueltos por el Tribunal Electoral los recursos que se hayan interpuesto en los términos de la legislación correspondiente.

Finalmente, el Instituto Electoral de Tamaulipas mantendrá informada a la ciudadanía sobre la presentación y resolución de los medios de impugnación, así como la definitividad de los resultados de aquellos cómputos que, en su caso, no sean controvertidos.

 

Opina sobre este artículo

Nombre   Email  
Título
Opinion

Otras Noticias