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Denuncian desacato a orden que prohíbe obras en Tren Maya

Las obras para la construcción del Tramo 5 del Tren Maya reiniciaron hace una semana, de acuerdo con el Presidente López Obrador. Foto: Especial
Luego de que el Gobierno reanudó los trabajos.
martes, 19 de julio de 2022
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Agencia Reforma

Cd. de México (19 julio 2022).- Residentes de Quintana Roo denunciaron ante el juez federal Adrián Novelo la violación a la suspensión definitiva que prohíbe que se ejecuten obras del Tramo 5 Sur del Tren Maya, que va de Playa del Carmen a Tulum.

Los promoventes del amparo 884/2022, único donde se ha concedido una suspensión definitiva, presentaron este lunes un incidente por defecto en el cumplimiento a dicha medida, luego de que el Gobierno reanudó los trabajos.

"Requiérase a las autoridades responsables de este asunto, para que dentro del término de tres días contados a partir de que surta efectos la notificación, rinda su correspondiente informe con relación a la denuncia por exceso o defecto en el cumplimiento de la suspensión definitiva", ordenó hoy Novelo, juez Primero de Distrito en Yucatán, quien acaba de regresar de su periodo vacacional.

Las autoridades responsables en el amparo son Fonatur, la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu).

Novelo agendó una audiencia el 1 de agosto para resolver si la suspensión fue desacatada.
La Ley de Amparo prevé tres a nueve años de prisión e inhabilitación para funcionarios que "no obedezcan un auto de suspensión debidamente notificado", pero si el juez determina que la suspensión no fue acatada, corresponde a la Fiscalía General de la República (FGR) investigar los hechos.

El Gobierno informó ayer que el Tren Maya fue declarado un proyecto de seguridad nacional, transfirió la supervisión de las obras a las secretarías de Gobernación (Segob) y Seguridad Pública y Ciudadana (SSCP), y consideró que eso basta para reanudarlas, aún sin autorización del juez.

La transferencia del proyecto a otras secretarías podría servir al Gobierno para argumentar que no se violó la suspensión, porque la SSPC y Segob no fueron notificadas directamente de la orden judicial.

Pero las declaratorias de seguridad nacional no están previstas en la Ley de Amparo como causa para negar o revocar una suspensión. Las suspensiones solo están prohibidas cuando afecten órdenes al interior de las Fuerzas Armadas para la defensa de la soberanía o la seguridad nacional.

En su momento, Novelo concedió la suspensión porque no existía Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) y lo hizo en términos categóricos:

"Para el efecto de que se suspenda o paralice cualquier acto que tenga como finalidad la continuación de la construcción del tramo Cinco Sur del Tren Maya, de modo que no se permita la ejecución de obras relacionadas con su construcción, infraestructura, remoción o destrucción de la biodiversidad del terreno o cualquier otra actividad que implique su ejecución material".

La MIA ya fue aprobada por Semarnat y Novelo tiene agendada para esta semana una audiencia en el incidente promovido por Fonatur para revocar la suspensión definitiva, pero mientras tanto, la medida sigue vigente.

La actitud del Gobierno contrasta con la del caso del Aeropuerto Inrternacional Felipe Angeles (AIFA), que en 2019 también fue declarado de seguridad nacional, para contrarrestar amparos que frenaban la obra.

En ese caso, antes de reanudar las obras se presentó la declaratoria de seguridad nacional al juez responsable, Juan Carlos Guzmán Rosas, que la consideró suficiente para revocar las suspensiones.

 

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