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Regirán Acciones Afirmativas en elección de Tamaulipas 2024

- Personas con discapacidad, de la diversidad sexual, migrantes, jóvenes y adultos mayores deberán ser integrados a las propuestas de los partidos políticos
miércoles, 15 de noviembre de 2023
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Por primera ocasión, en la elección ordinaria a celebrarse el domingo 2 de junio de 2024, en Tamaulipas se aplicarán las acciones afirmativas para los grupos en situación de vulnerabilidad correspondientes a personas con discapacidad, de la diversidad sexual, migrantes, jóvenes y adultos mayores.

Las Acciones Afirmativas en la postulación de candidaturas en ayuntamientos, señala el Reglamento de Paridad y Acciones Afirmativas del IETAM, que en el caso de las planillas éstas deberán de integrarse con al menos una fórmula de candidaturas de personas con discapacidad o de la diversidad sexual y una fórmula de personas jóvenes o mayores, en cuanto al menos quince ayuntamientos del Estado.

Cabe hacer mención que los partidos políticos en los términos de la Constitución, gozan del principio de la autodeterminación, a ellos les corresponde definir, en que distritos y en que municipios postulan las diversas candidaturas a los cargos de elección popular, desde las autoridades electorales no se definen específicamente municipios o distritos en los cuales deberán hacer las postulaciones por género.

Se precisa que en caso de que no se registren planillas para la elección de ayuntamientos en al menos 26 de los municipios del Estado, se deberá incluir las candidaturas de los grupos en situación de vulnerabilidad referidos en el párrafo anterior, en al menos, el 35% de los municipios en los cuales registren dichas planillas.

En el caso de las diputaciones para las personas con discapacidad, corresponde a los partidos políticos postular al menos una fórmula de mayoría relativa, o bajo el principio de representación proporcional, y de darse el caso, esta deberá de estar ubicada en las primeras 7 posiciones del lista.

Asimismo, para las personas de la diversidad sexual, al menos una fórmula de mayoría relativa o de representación proporcional también las primeras siete posiciones de la lista.

Mientras que para la comunidad migrante establece al menos una postulación bajo el principio de representación proporcional, en las primeras 7 posiciones de la lista estatal.

Y para las personas jóvenes, se establece la obligatoriedad de postular al menos una fórmula por cada 8 postulaciones en mayoría relativa, este cumplimiento puede ser bajo el principio de mayoría relativa o de representación proporcional.

La Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación del Instituto, dará puntual seguimiento a estas acciones en el registro de candidaturas del 15 al 20 de marzo de 2024.

 

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