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Prohíben conferencias de prensa para diputados de reelección

Así transcurrió la sesión ordinaría en la Cámara de Diputados a donde se discutieron temas de interés nacional. Crédito: Alfredo Moreno Espinosa
- El pleno en San Lázaro prohibió que legisladores que busquen reelección convoquen a ruedas de prensa y estas sean difundidas
martes, 27 de febrero de 2024
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CD. DE MEXICO

/REFORMA

El pleno de la Cámara de Diputados prohibió que los legisladores que busquen la reelección consecutiva puedan convocar a conferencias de prensa y que éstas sean difundidas, a fin de evitar la propaganda personalizada a su favor o sus partidos políticos, por medio de los medios institucionales.

Al aprobar los lineamientos para la difusión de las actividades legislativas, se establecen los límites de la cobertura de las actividades de los diputados que buscan repetir en el cargo.

La Cámara registró a 471 diputados que tenían la intención de reelegirse.

El INE ni el órgano legislativo han informado aún cuántos legisladores, finalmente, fueron registrados como candidatos de su partido para buscar la reelección.

Las restricciones no se aplicarán a diputados que busquen o no otros cargos de elección popular y permanezcan en el cargo.

"Las y los diputados que opten por la elección consecutiva deberán adecuar su actuación dentro del proceso electoral 2023-2024, de conformidad con los principios de certeza, legalidad, máxima publicidad, objetividad e imparcialidad.

"Deberán abstenerse de realizar propaganda político-electoral o promoción personalizada a través de medios de comunicación institucionales o utilizar recursos públicos de la Cámara de Diputados, ya sean humanos, materiales, digitales o económicos", cita el documento aprobado, presentado por la Mesa Directiva de la Cámara.

Se precisa que las publicaciones en redes sociales personales no son materia del acuerdo.

"No se dará cobertura, difusión y transmisión en los medios de comunicación de la Cámara de Diputados a ningún contenido que implique expresiones particulares, represente propaganda político electoral o promoción personalizada de alguna diputada o diputado, o bien, que se realice a nombre de un grupo parlamentario.

"Para efectos del presente acuerdo, deberá entenderse como cobertura de las labores de las funciones legislativas de las diputadas y diputados la que se realiza a través de insumos informativos, tales como boletines, notas, videos, conferencias, entre otros, por parte de la Cámara de Diputados".

El texto indica que durante la campaña electoral la Cámara baja solo hará cobertura, difusión y transmisión a las actividades de los diputados relacionadas con el ejercicio de la función legislativa y que se desarrolle en sesiones ordinarias, extraordinarias, de Congreso General, de la Comisión Permanente y reuniones de comisiones o comités, y grupos de trabajo.

También de las conferencias de los órganos de gobierno relacionadas con el trabajo legislativo y ejercicios de parlamento abierto.

El Canal del Congreso deberá determinar la programación, contenidos gráficos y audiovisuales que podrá transmitir y la que deberá suspender, en apego a las restricciones determinadas por las disposiciones electorales correspondientes.

 

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