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Después que el resultado de la votación del 5 de junio fue impugnado por el PRI el 11 del mismo mes, los tribunales resolvieron a favor de la decisión ciudadana este lunes 15 de agosto.
El representante tricolor alegó la instalación tardía de 120 casillas el día de la jornada, pero las autoridades establecieron que "las casillas se instalaron dentro del termino establecido por la ley", según aclara el expediente de la sentencia TE-RIN-20/2016.
Sin ningún tipo de prueba, afirmaron que Moreno Ibarra hizo proselitismo en templos de culto, y que un conocido centro comercial hizo propaganda entre sus clientes para el candidato, lo cual fue rechazado rotundamente por las autoridades.
"El actor no aportó prueba alguna para acreditar que los hechos que invoca, relacionados con la pinta de una barda en una iglesia, así como la propaganda en favor de un candidato por una tienda de autoservicio, hayan tenido lugar", reza el documento del Tribunal.
Además, la misma sentencia apunta que las inconsistencias en los folios de las boletas no fueron acreditadas: "Los datos del quejoso son erróneos, tal supuesta inconsistencia es ociosa y en nada perjudica la recepción y conteo de la votación recibida".
La fórmula albiazul de "Chuma" como propietario, y de Luis René Cantú Galván en la suplencia, obtuvo más de 23 mil votos, lo que representa más del 40% de los sufragios en el VI Distrito.